La geometría variable de la impunidad

En los pasillos del poder legislativo, las leyes tienen un comportamiento peculiar: se expanden cuando conviene proteger a los poderosos y se contraen cuando se trata de limitar sus acciones. Lo que ocurre en México con las modificaciones a los tipos penales contra funcionarios públicos no es una anomalía aislada, sino el reflejo de un patrón que persiste en toda América Latina: la capacidad de quienes ostentan el poder para rediseñar las reglas que los juzgan.

Cuando un senador logra introducir cambios legislativos que simultáneamente reducen castigos y establecen criterios tan específicos que prácticamente blindan interpretaciones amplias, estamos ante algo más que una reforma técnica. Es un ejercicio de ingeniería legal al servicio de la impunidad. El mensaje es claro: algunos delitos, cometidos por algunas personas, merecen un trato especial.

La trampa de la especificidad

Existe una falacia que repiten constantemente los promotores de estas medidas: que la precisión normativa es un valor en sí mismo. Dicen que acotar los tipos penales con elementos muy específicos evita la arbitrariedad judicial. Suena razonable. Pero el diablo está en los detalles, y en este caso, está metódicamente inscrito en cada palabra elegida.

Cuando se requiere que haya «utilización de la imagen institucional» como elemento configurador del delito, por ejemplo, se está creando un filtro que solo los abogados penalistas experimentados y bien pagados podrán sortear. ¿Qué constituye exactamente «utilización»? ¿Cuál es el umbral? ¿Basta la intención o se requiere un resultado específico? Estas preguntas, aparentemente técnicas, se convierten en salvavidas para el acusado cuando el poder tiene recursos para litigar.

Un problema estructural de la región

México no está solo en esta encrucijada. Desde Centroamérica hasta el Cono Sur, los procesos de captura regulatoria del poder judicial por parte de las élites políticas se han sofisticado. Ya no necesitan destruir las instituciones; las redefinen desde adentro. Un golpe de Estado de tipo normativo, mucho más limpio y dificil de identificar que sus predecesores autoritarios.

En Argentina, Brasil, Perú y Honduras hemos visto casos donde las leyes se amoldan al tamaño del acusado. La diferencia radica en los grados de cinismo con que se ejecuta. Aquí, en México, al menos el proceso es visible: está en los registros legislativos, fue propuesto por un senador conocido, puede ser rastreado. La pregunta es por qué esa transparencia no genera mayor escándalo.

El costo oculto de la «estabilidad»

Los apologistas de estas reformas argumentarán que persiguen seguridad jurídica. Que los funcionarios públicos necesitan certeza sobre qué acciones pueden exponerlos legalmente. Es un argumento seductor, pero fundamentalmente falso. Lo que realmente persiguen es seguridad política: la garantía de que los errores, abusos o delitos cometidos desde el cargo no serán castigados efectivamente.

Esta «seguridad» tiene un costo brutal para el ciudadano común. Mientras se afilan los criterios de acusación contra el funcionario público, las leyes contra delitos ordinarios permanecen vagamente redactadas, permitiendo justo lo que se prohíbe en los casos de poder: interpretaciones subjetivas que afectan a personas sin recursos para defensas especializadas.

La pregunta que nadie quiere responder

Si el objetivo verdadero es eliminar la arbitrariedad judicial, ¿por qué no se aplican los mismos estándares de precisión a todos los delitos? ¿Por qué solo a aquellos que afectan a servidores públicos? La respuesta incómoda es obvia: porque la intención nunca fue la claridad normativa, sino la impunidad selectiva.

La democracia latinoamericana no muere de golpes frontales. Muere de mil cortes precisos, hechos con pluma en mano, redactados en lenguaje técnico, aprobados en comisiones legislativas donde la ciudadanía rara vez mira. Hasta que un día descubrimos que la ley, supuestamente igual para todos, ha desarrollado una piel gruesa que solo protege a quienes la escriben.

La pregunta que debería inquietarnos no es si estas reformas son constitucionales. Es si una democracia que permite que sus gobernantes se legislen a sí mismos exoneraciones puede seguir llamándose democracia.

Información basada en reportes de: El Financiero