El Estado de México da un paso decisivo contra la violencia digital. En comisiones del Congreso mexiquense se aprobó la tipificación de este delito, estableciendo que el Ministerio Público y los jueces deberán ordenar de manera inmediata medidas de protección para las víctimas, así como la interrupción, bloqueo, destrucción o eliminación de contenido comprometedor alojado en plataformas digitales.
Una definición clara para actuar con precisión
La reforma define la violencia digital como toda acción dolosa realizada mediante tecnologías de la información y comunicación, en la que se exponga, distribuya, difunda o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual sin consentimiento, causando daño psicológico y emocional a la víctima.
La definición también incluye actos dolosos que causen daño a la intimidad, privacidad o dignidad de las mujeres a través de estas tecnologías. Esta precisión jurídica es fundamental: nombrar y definir la violencia digital es el primer paso para reconocerla, prevenirla y sancionarla de manera efectiva.
Poderes inmediatos para las autoridades
Uno de los avances más relevantes de esta reforma es que faculta al Ministerio Público y a la autoridad judicial para ordenar la interrupción inmediata de la difusión de material que vulnere la intimidad de la víctima. Las plataformas digitales, redes sociales y medios de comunicación recibirán estos mandatos por vía electrónica o escrita.
Las empresas proveedoras de servicios deberán cumplir identificando plenamente al administrador del sistema informático donde se aloje el contenido y notificando inmediatamente al usuario que compartió el material, aclarando que será inhabilitado por orden judicial. Además, se garantiza la preservación adecuada del contenido como prueba para la investigación.
Cifras alarmantes de un problema generacional
La violencia digital tiene una dimensión generacional preocupante. Las mujeres jóvenes de 20 a 29 años son las más afectadas: 30.7 por ciento de este grupo ha reportado ser víctima de ciberacoso, según estudios citados por las legisladoras.
Esta reforma responde a una realidad que no puede ignorarse: las plataformas digitales y los nuevos entornos de comunicación no pueden convertirse en espacios de impunidad donde se vulneren la dignidad, la intimidad y la seguridad de niñas, niños, adolescentes y mujeres.
Parte de una estrategia integral de protección
La aprobación del dictamen, resultado de iniciativas de la diputada Sandra Patricia Santos Rodríguez (Morena) y la bancada del PVEM, se enmarca en la ruta impulsada por la gobernadora Delfina Gómez Álvarez para proteger los derechos de las mujeres y combatir todas las formas de violencia machista.
Esta reforma se suma a otras medidas recientes en la entidad, como las sanciones de 8 años de prisión por violencia vicaria. Las legisladoras enfatizan que el Estado de México está dando pasos agigantados en materia de protección a las mujeres, comprometiéndose a promover una cultura de respeto en entornos digitales y a fortalecer la educación sobre el tema.
Aunque la violencia digital será sancionada conforme a la legislación penal vigente, el énfasis inmediato en las medidas de protección marca un cambio de enfoque: no solo sancionar después, sino proteger ahora.