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Diputados aprueban reforma electoral con 377 votos: austeridad y paridad de género

La Cámara de Diputados aprobó en lo general el dictamen que reforma la Constitución para fortalecer austeridad republicana y mecanismos de control democrático en ayuntamientos y congresos locales.
Diputados aprueban reforma electoral con 377 votos: austeridad y paridad de género

Diputados aprueban reforma electoral con mayoría calificada

Con una votación de 377 votos a favor, 102 en contra y cero abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó en lo general el dictamen que reforma diversas disposiciones constitucionales. El objetivo central es fortalecer los principios de austeridad republicana, reducir privilegios en el ejercicio del poder público y reforzar los mecanismos de control democrático en el país.

El dictamen, que deriva de una iniciativa presentada por la presidenta de la República, será enviado al pleno para su discusión en lo particular. Se trata de lo que legisladores han denominado como el «Plan B» de la reforma electoral, que busca hacer ajustes profundos en la integración y funcionamiento de ayuntamientos y congresos locales.

¿Qué contiene la reforma?

Las reformas modifican los artículos 115 y 116 constitucionales, además de adicionar un párrafo cuarto al artículo 134. Entre los cambios principales se encuentran:

Estructura de ayuntamientos: Cada municipio será gobernado por un ayuntamiento integrado por un presidente o presidenta municipal, una sindicatura y hasta quince regidurías, respetando los principios de paridad de género vertical y horizontal.

Límites presupuestarios: El presupuesto anual de las legislaturas locales no podrá exceder el 0.70% del presupuesto de egresos de cada entidad federativa. Además, se establece que el Senado de la República reducirá su presupuesto de forma progresiva en un 15% en términos reales durante cuatro ejercicios fiscales.

Austeridad en funcionarios electorales: Las remuneraciones de consejeros electorales, magistrados electorales y personal del Instituto Nacional Electoral no podrán exceder el límite constitucional. Se prohíben seguros de gastos médicos privados, cajas de ahorro especiales y regímenes especiales de retiro.

Paridad de género e igualdad sustantiva

La reforma incluye adecuaciones significativas en materia de paridad de género. Establece que tanto en la integración de ayuntamientos como en los órganos legislativos estatales debe garantizarse la perspectiva de género e igualdad sustantiva en el acceso y ejercicio del poder público municipal.

Calendario de implementación

El Congreso de la Unión y las legislaturas estatales tendrán plazo hasta el 30 de mayo de 2026 para armonizar su marco jurídico conforme a la reforma. Entre tanto, las disposiciones constitucionales aplicarán de manera directa.

La integración de los ayuntamientos conforme a lo establecido surtirá efectos a partir del período administrativo municipal subsecuente en cada entidad federativa. Los ayuntamientos que actualmente cuenten con menos de quince regidurías conservarán su integración actual, a menos que cambios poblacionales requieran modificaciones.

Destino de ahorros públicos

Los recursos que resulten de las economías presupuestarias en legislaturas locales y ayuntamientos quedarán en el patrimonio de la hacienda pública municipal. Las entidades federativas deberán destinar estos recursos excedentes a obras de infraestructura pública en beneficio de la población, garantizando los principios de legalidad, honradez, transparencia y austeridad.

Control presupuestario futuro

Las entidades federativas que ya cumplan con el límite presupuestario establecido no podrán autorizar incrementos presupuestarios reales respecto del monto aprobado para 2026, ni incrementar la proporción respecto del presupuesto de egresos de su correspondiente entidad.

El Instituto Nacional Electoral, organismos electorales locales y tribunales electorales deberán revisar y adecuar sus disposiciones normativas, administrativas y presupuestarias para garantizar el cumplimiento de la reforma.

Las legislaturas estatales serán responsables de establecer los mecanismos institucionales de control, disciplina presupuestaria y responsabilidad administrativa necesarios para asegurar que se cumpla con lo dispuesto en esta reforma constitucional.

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