Congreso mexiquense reconoce trabajo del hogar como aportación económica
El Pleno de la LXII Legislatura del Estado de México aprobó una reforma histórica que valorará el trabajo doméstico no remunerado en juicios por alimentos, guarda y custodia, compensaciones y liquidación de regímenes patrimoniales. La iniciativa, impulsada por el diputado Alejandro Castro Hernández (PRI), busca reconocer como auténtica contribución económica las labores que realizan principalmente las mujeres en el ámbito doméstico.
¿Qué se considera trabajo del hogar?
Según la reforma al Código Civil estatal, el trabajo del hogar no remunerado es el conjunto de actividades realizadas dentro del ámbito doméstico para garantizar el bienestar y funcionamiento diario de la familia. Estas labores incluyen el cuidado de niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad y adultos mayores, así como la atención general de la familia y la gestión del hogar.
La reforma también considera que los alimentos y la adquisición de bienes durante el matrimonio son aportaciones económicas equivalentes a la contribución del otro cónyuge para el sostenimiento del hogar.
Criterios para valorar el trabajo doméstico
Las comisiones de Procuración de Justicia y de Trabajo elaboraron cuatro criterios específicos para evaluar el trabajo del hogar:
- Tiempo dedicado: Horas y dedicación a labores domésticas y de cuidado
- Costo de mercado: Valor de servicios domésticos y de cuidado equivalentes en el mercado laboral
- Oportunidades perdidas: Renuncia, limitación o afectación en desarrollo de oportunidades laborales, profesionales o académicas
- Responsabilidades asumidas: Cuidado y desarrollo integral de miembros de la familia, especialmente hijos e personas dependientes
Derechos en caso de divorcio
La reforma establece que cuando uno de los cónyuges haya realizado preponderantemente trabajo del hogar no remunerado, tendrá derecho a la repartición de bienes adquiridos durante el matrimonio de al menos 40 hasta 50 por ciento, con base en principios de equidad y proporcionalidad, independientemente del porcentaje de dedicación a actividades económicas externas.
Derecho a alimentos ampliado
La ley amplía el derecho a recibir alimentos a quienes se dedicaron preponderantemente al trabajo del hogar no remunerado. El porcentaje mínimo será del 40 por ciento del total del sueldo cuando haya descendientes, hasta que estos cumplan la mayoría de edad o se dediquen al estudio.
En casos sin hijos, el beneficiario tendrá derecho al 30 por ciento del sueldo del otro cónyuge por el tiempo que duró el concubinato o matrimonio.
Un acto de justicia social
Al respaldar su propuesta, Castro Hernández destacó que la reforma representa más que un cambio legal: es un acto de justicia social hacia una realidad que ha permanecido invisibilizada para las mujeres mexiquenses durante años.
«Esto reconoce la remuneración del trabajo doméstico y de cuidado, actividades fundamentales para la sociedad que no han sido valoradas adecuadamente en el sistema legal», puntualizó el diputado.
Alcance de la reforma
Las modificaciones al Código Civil estatal también protegen los derechos de descendientes y concubinos en procesos de separación, garantizando que el trabajo doméstico sea considerado como una aportación económica legítima en todos los procedimientos judiciales relacionados con familia y patrimonio.